¿A España de Vacaciones? (Parte 1)

Ahora que se acerca el período de vacaciones de verano el número de personas que quieren visitar a sus amigos y familiares en España aumenta de manera considerable y, lamentablemente, el número de denegaciones de entrada en los Aeropuertos españoles y de visados de turismo en los Consulados de España por todo el mundo, también.

 

Para que esto no te suceda, en esta oportunidad voy a informarte sobre los requisitos económicos que pueden solicitarte al momento de hacer la entrada en nuestro país. Si bien es cierto que no en todos los casos hacen control a las personas que quieren entrar, en el caso de que seas elegido por los Agentes de Control Fronterizo, es mejor tener todo en regla.

 

A los efectos de realizar el cálculo y determinar la cantidad de la que debemos disponer, es necesario tomar en cuenta el tiempo de la estancia en nuestro país ya que el importe exigido es diario.

 

Para el año 2024 el importe establecido es de 113,14€ por persona y por día, con un mínimo de 1.020,60€ o su equivalente legal en moneda extranjera. Por ejemplo, si vienes a España a visitar a tu familia por 15 días debes acreditar, entre otros requisitos, disponer de 1.697,10€.

 

Ahora bien, ¿cómo demostramos que tenemos esa cantidad? Puedes traerlo contigo en efectivo, cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o tarjetas de crédito en cuyo caso deberán estar acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día.

 

Recuerda que la acreditación de suficiencia de medios económicos es un requisito fundamental en caso de que pases un control de entrada en el Aeropuerto y, además de incluir las cantidades que te he indicado anteriormente, también debes demostrar que cuentas con un pasaje de regreso a tu país de origen o procedencia (billete nominativo, intransferible y cerrado).

 

En próximos posts te seguiré informando sobre el resto de requisitos de entrada como por ejemplo, la carta de invitación.

 

Abog. Paula Piarulli Parra

 

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