Nuevo Reglamento de Extranjería: Residencia No Lucrativa
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería el pasado 20 de mayo de 2025, han surgido numerosas dudas que nos han hecho llegar. Por ello, a partir de ahora podrás consultar esta sección de publicaciones donde abordaremos los cambios y novedades en materia de inmigración. Aquí compartiré información clara y accesible que te será de gran utilidad tanto si ya te encuentras en España y deseas regularizar tu situación, como si estás considerando dar el primer paso en tu proceso migratorio.
La elección del tipo de autorización que mejor se adapte a tu perfil y necesidades es clave para lograr con éxito tu residencia legal en nuestro país.
Esta reforma del Reglamento abre un abanico importante de posibilidades para acceder a una situación de estancia o residencia legal en España. Trataremos temas como la residencia por Circunstancias Excepcionales -Arraigos-, Estudiantes, Familiares de ciudadanos españoles y comunitarios, entre otros.
Además de incorporar nuevas figuras jurídicas, la normativa también introduce cambios relevantes en los procedimientos para la presentación de solicitudes. En esta ocasión, quiero compartir contigo información sobre la Residencia No Lucrativa.
Muchas personas extranjeras cuentan con medios económicos suficientes para trasladar su residencia a España sin necesidad de ejercer una actividad laboral, al menos durante la fase inicial de su proceso migratorio.
Este tipo de autorización de residencia permite, además, incluir a los familiares del solicitante, ya sea de forma simultánea o en un momento posterior: cónyuge, pareja registrada o incluso pareja estable no registrada.
También pueden acogerse los hijos menores de edad o mayores con discapacidad que requieran apoyo o no puedan valerse por sí mismos debido a su estado de salud, siempre que uno de los progenitores sea el solicitante principal.
La cuantía exigida en medios económicos para obtener esta autorización dependerá del número de familiares incluidos. Como regla general, se exige acreditar una cantidad mensual equivalente al 400% del IPREM para el solicitante principal y un 100% adicional por cada familiar.
Esta residencia representa una excelente vía para iniciar tu proceso migratorio en España. El tiempo como titular de esta autorización computa para la solicitud de la nacionalidad española por residencia y, además, permite realizar diversas actividades económicas: constituir o adquirir participaciones en empresas, adquirir bienes muebles e inmuebles, estudiar, entre otras.
Incluso puede modificarse posteriormente para obtener un permiso de trabajo. Es decir, ser titular de una Residencia No Lucrativa tiene un alcance más amplio del que su nombre sugiere, y no limita necesariamente la posibilidad de desarrollar otras actividades, incluidas las económicas.
Como puedes ver, se trata de una autorización de residencia menos restrictiva de lo que parece, tanto desde el punto de vista económico como laboral, y en muchos casos representa la gran puerta de entrada para establecerse en España.
En nuestro despacho apostamos por una asesoría jurídica integral, de calidad, y te ofrecemos acompañamiento completo durante todo el proceso, tanto a nivel consular en el extranjero como ante las Oficinas de Extranjería en España.
Tanto si estás fuera como dentro del país, no dudes en contactarnos para agendar una consulta, ya sea en español o en inglés. Estamos aquí para ayudarte.
Abogada Paula Piarulli Parra.